La ley de reforma tributaria (27.430) dispuso la exención, para las empresas registradas como Pymes ante la AFIP, de los reembolsos de exportación en el Impuesto a las Ganancias, pero dejó afuera a todas las que no se registraron y a las que superan los parámetros anuales de facturación, necesarios para ser consideradas como Micro Pequeñas y Medianas Empresas, según lo que determina la Resolución 220 del Ministerio de Producción.
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