La ley 27.743 el año pasado hizo cambios en el impuesto sobre los Bienes Personales. Se habilitaron dos métodos de liquidación: por un lado, se creó un régimen voluntario de pago anticipado (REIBP) de cinco años del impuesto, que incluyó las declaraciones juradas del período 2023 al 2027. Otra opción consiste en confeccionar la declaración jurada anual, con el mecanismo tradicional.
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