Para la mayoría de las empresas, que poseen cierre de ejercicio el 31 de diciembre, llega el momento de revisar los saldos de las cuentas particulares de los socios o accionistas, que registran saldos deudores o acreedores en la contabilidad de la sociedad. Si son deudores de las sociedades, esos saldos pueden representar el pago del impuesto sobre los bienes personales de sus participaciones societarias, que la empresa
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