Luego de la sanción de las últimas dos leyes tributarias y de reglamentaciones de la AFIP, las Pequeñas y Medianas Empresas tendrán que registrarse previamente en la página Web del Organismo, como primer paso, para conseguir los diferentes beneficios fiscales que están y los que se vienen. Por un lado, la Resolución 3878 de la AFIP permite ingresar el Impuesto al Valor Agregado en forma trimestral para las empresas que califican como Pymes, de acuerdo a lo establecido por la ley 25.300. Además, la moratoria creada por la ley 27.260, otorga 90 cuotas a favor de las que también categoricen como Pymes, y les exige un adelanto del 10% del total de la deuda consolidada, estableciéndose dentro de la norma un capítulo especial para ellas.
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