En estos días, comienzan los vencimientos de los tributos de las personas y de las empresas domiciliadas en las zonas inundadas. La ley 22.913 prevé la declaración de la emergencia y/o desastre agropecuario, y la AFIP está habilitada a prorrogar los vencimientos tributarios por 90 días, para todos los contribuyentes que desarrollan sus actividades en las zonas afectadas. Sin embargo esto hasta ahora no ocurrió, a pesar de los graves daños causados por las inundaciones en diferentes provincias del litoral.
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