Este mes, las empresas tendrán que hacer un poco de historia antes de liquidar los sueldos de sus empleados. Con la publicación de la Resolución 3770 de la AFIP, en la actualidad existen siete mínimos no imponibles para calcular la retención de Ganancias. Los que define la inclusión en cada categoría, son los sueldos devengados en los ocho primeros meses del año 2013, y en muchos casos, independientemente lo que se perciba ahora.
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