A propósito de la reciente exención del Impuesto a las Ganancias en la segunda cuota del aguinaldo, surgen algunas dudas en las empresas acerca de qué conceptos de las remuneraciones integran el tope de los $ 35.000. El decreto 2354, firmado por el Poder Ejecutivo, establece que el beneficio se limita a los empleados que hayan tenido remuneraciones brutas, devengadas entre los meses de julio a diciembre del 2014, que no superen la suma de $ 35.000. Pero, hasta ahora la AFIP no aclaró que conceptos se deberán incluir dentro de esos rubros que integran la remuneración devengada en el último semestre.
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