De la forma en que están las cosas, para el cálculo de la retención del impuesto a las Ganancias en la actualidad sigue rigiendo lo que estableció en su momento el decreto 1242/13. De esta manera, independientemente de la cuestión del aumento del mínimo no imponible, al quedar muy antiguos los sueldos de referencia que se utilizan para determinar qué empleados pagan impuestos y quiénes no, se producen distorsiones que hacen que el tributo no se aplique equitativamente para todos los trabajadores.
Más información
No hay comentarios. :
Publicar un comentario
Nota: sólo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.