En el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Natusur S.A. c/ AFIP – DGI s/contencioso administrativo), vinculado a la moratoria tributaria que había sido aprobada por la ley 27.541 en el año 2019, ahora puede servir de base de jurisprudencia para los posibles reclamos que pueda realizar la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en el futuro, vinculados con el régimen actual de regularización de deudas tributarias, aprobado por la ley 27.743.
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