El último día del cuarto mes posterior al cierre del ejercicio comercial de las empresas, o en que finaliza el año calendario para las personas humanas, vence la vigencia del certificado MIPyME que otorga beneficios para las empresas que califican dentro de los parámetros establecidos de facturación y de otros indicadores, exigidos por la resolución 220/19 de la SEPyME.
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