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Para alquileres de vivienda, ya es obligatorio emitir factura electrónica.

A partir del viernes 3 de marzo, todos los locadores de inmuebles de vivienda y las inmobiliarias que administren estos alquileres, tendrán que emitir obligatoriamente facturas, tipo “B” o “C”, en el momento de cobrarse la renta. Así lo dispuso la AFIP, a través de la Resolución General 4004-E, determinando que para respaldar esas operaciones deberán emitirse facturas electrónicas. Si intervienen intermediarios, estarán obligados a emitir el correspondiente comprobante electrónico, en el que tendrá que constar el nombre el propietario del inmueble y su número de CUIT. Si el inmueble pertenece a varias personas, la factura tendrá que ser emitida por uno de los titulares condóminos, pero en el comprobante tendrán que figurar los datos de los otros propietarios.

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